Como seguramente habrás escuchado en las noticias, el pasado 29 de Agosto del 2024 entró en vigor una serie de reformas en Materia de Arrendamiento que impactan la relación entre los arrendadores e inquilinos, pero ¿Qué alcances tiene y de qué tratan estos cambios?
El primer punto de la Reforma que tenemos, es el tope del aumento que puede existir cuando se renueva el contrato. Anteriormente el Código Civil de la Ciudad de México establecía un tope de máximo 10% de aumento anual para la renovación del contrato de Arrendamiento, con esta reforma ahora el aumento máximo estará topado al índice inflacionario establecido por el Banco de México en el año anterior inmediato a la firma del contrato de arrendamiento, aquí podrás podrás consultar el índice inflacionario actualizado para saber hasta cuanto podemos incrementar el monto mensual de renta.
A continuación un ejemplo de cómo calcularlo:
El Incremento será Igual a la Renta Base x Tasa de inflación entre 100
Supongamos que tu renta es de $10,000.00, si esta la multiplicamos por la inflación actual que es de 5.16 entre 100 (Por la regla de tres), obtendremos el resultado de $516.00, por lo que la nueva renta no podrá ser mayor de $10,516.00
Si en algún momento tu quisieras celebrar un nuevo contrato de arrendamiento con otro inquilino, podrán pactar el precio de Renta Mensual sin restricción alguna.
El segundo punto de la Reforma y el más importante es la obligación del Arrendador para llevar a cabo el registro del contrato de Arrendamiento de inmuebles destinados a Casa Habitación en un Registro Digital , el Registro Digital será una plataforma a cargo del Gobierno de la Ciudad de México, esto con la finalidad de darle certeza y claridad a la relación jurídica que une a los Arrendadores con los Arrendatarios.
El registro del que hablamos en el párrafo anterior se deberá realizar una vez firmado el contrato, mediante los mecanismos que establezca el Gobierno de la Ciudad de México, mecanismos que aún no han sido publicados, por lo cuál te pedimos estar atentos a nuestros post y correos electrónicos para informarte de ello.
¿Qué pasa si el Contrato se firmó antes de esta modificación?
La misma reforma establece que el registro de los contratos en curso, se deberán hacer en un periodo máximo de 90 días, es decir, en el mes de Diciembre a más tardar.
¿Cómo es el proceso para registrar el contrato de Arrendamiento?
Al ser un proceso nuevo, aún no se han publicado ni se han emitido información respecto al proceso de registro, ni quien será la institución a cargo , sin embargo, todo apunta a que será la Agencia Digital de Innovación Pública la que estará a cargo del desarrollo del proceso de Registro.
Naturalmente, el equipo de Mica Rent buscará apoyar en el registro de dichos contratos a nuestros clientes para cumplir con el margen de la ley, para ello estaremos informando de cualquier novedad para tu tranquilidad.
¿Qué pasa si no se registra el Contrato de Arrendamiento en el Registro Digital?
Al día de hoy la reforma no establece algún tipo de sanción que pudiera tener el Arrendador por no tener su Contrato Registrado, sin embargo, el Registro forma parte de los requisitos mínimos de formalidad que debe tener el Contrato de Arrendamiento por lo que la falta de éste, pudiera interpretarse como ausencia de la formalidad.
¿Es necesario darse de alta en el SAT o pagar impuestos con esta nueva reforma?
La reforma no indica la obligación de estar dado de alta en hacienda o tener cierto régimen fiscal, inclusive si es necesario declarar impuesto, sin embargo, al tratarse de un Registro Gubernamental, es probable que más adelante haya noticias a este respecto por lo que te estaremos informando de cualquier novedad.
¿Si el inmueble está en otro Estado , es necesario que se registre el contrato?
No es necesario realizarlo, excepto si en el contrato se somete a la jurisdicción de las autoridades competentes en la Ciudad de México, de ser el caso, no te preocupes, nosotros te apoyaremos con el registro para darte tranquilidad y transparencia en el proceso.
El tercer punto de la Reforma habla de la modificación a la Ley de Vivienda, en el cuál a grandes rasgos, establece que el Gobierno buscará promover políticas públicas para la creación de vivienda accesible para los grupos vulnerables, mismas que serán aplicadas en conjunto tanto por el sector público como el sector privado.
Recuerda que Mica Rent, al ser tu proveedor de protección de Renta , te apoyaremos con cualquier duda para hacer de tu Arrendamiento, una experiencia increíble.